¿¡Sabes el dinero que tú agrupación fallera recibe todos los años con la ayuda municipal !?

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El reglamento fallero aprobado en el VIII Congreso General Fallero celebrado en junio de 2001, señala, en su articulo 36, sobre la ‘Subvención de las Agrupaciones’:

“Por iniciativa propia o a propuesta de la Asamblea General, si así lo solicitan al menos un 10% de los componentes de la misma, la Junta Central Fallera aprobará subvenciones a las Agrupaciones de Fallas, para sufragar parte de sus actividades. El conjunto de las subvenciones aprobadas no será inferior al 4% del presupuesto de Junta Central Fallera”.

Por tanto, las ayudas se destinarán a sufragar las actividades acordadas por las Agrupaciones de Fallas, constituidas conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento.

Las cantidades asignadas quedarán sujetas a la debida justificación documental, que se acompañará a la memoria económica aprobada por el órgano de Gobierno de la Agrupación de Fallas para su remisión a la instancia pertinente. Cada año por estas fechas, el Órgano Autónomo Municipal, Junta Central Fallera, tramita la subvención nominal que va destinada a cada una de las 22 agrupaciones falleras, que representan a un total de 364 comisiones falleras.

El presupuesto que contempla el Convenio para este año 2020 asciende a 101.692,88 euros, que representa el 4% del Presupuesto General de Junta Central Fallera para este ejercicio que está finalizando y que ascendía en su origen a 2.542.322,00 €. Subvención directa que está distribuida en función del número de comisiones de falla que integran las Agrupaciones, a razón en esta edición, de 279,38 € por comisión.

El objetivo de este convenio de colaboración entre JCF y las 22 Agrupaciones está dirigido a impulsar y promover la labor de carácter festivo que en el ámbito fallero realizan. Para premiar esta labor, se produce el otorgamiento de una subvención por los gastos de funcionamiento y actividad festivo-cultural que estas desarrollan.

Entre los gastos financiables y justificables destacan: los de difusión de las actividades y publicaciones institucionales, gastos de mantenimiento, gastos corrientes en bienes y servicios, suministros, material de oficina, gastos de comunicación, así como los gastos inherentes a la celebración de actividades falleras (acompañamiento musical, infraestructuras de sonido e iluminación, escenarios, pirotecnia o arrendamiento de locales, entre otros.